martes, abril 17, 2007

Reflexiones sobre la nueva Ley General de Educación...

Hola Roberto:
Quisiera si me lo permiten aportar a esto -desde mi profesión de abogado y ciudadano- ya que se trata de un tema desconocido por el 95% de las personas (a pesar que de acuerdo con el Código Civil se entiende la ley conocida por todos los chilenos desde que alcanzan la mayoría de edad).
Primero hay que destacar que obligar a constituir corporaciones y fundaciones implica pasar al gobierno de turno y sus autoridades la facultad exclusiva de determinar quienes educan en Chile y quienes no podrán hacerlo.
De hecho, en la propia nueva LOCE se quiere que el Consejo de Educación sea designado en ultima instancia en su mayoría por el gobierno de turno. ¿No implica ésto un riesgo mayor de arbitrariedades, corrupciones y control de las conciencias?
Este es un tema complejo.
No es invención mía este problema: Mahatma Gandhi luchó y abogó en muchas de sus enseñanzas por evitar que el Estado controlara la educación porque aseveraba que eso conducía a que los niños se acostumbrarán a obedecer antes al Estado que a sus conciencias.
A lo que aporta Roberto faltaría precisar qué significa económica y prácticamente obligar a constituir una fundación o una corporación:
CORPORACIONES Y FUNDACIONES
Son personas jurídicas que NO pueden tener fines de lucro y cuyo patrimonio pertenece ella Y NO A SUS ASOCIADOS NI A SUS FUNDADORES. Es decir, desde que se forma el patrimonio inicial de la Corporación o Fundación el que la constituyó DEJA DE TENER PROPIEDAD Y TÍTULOS sobre el patrimonio de la fundación o corporación.
En el caso de disolución el patrimonio NO PUEDE VOLVER A SUS CONSTITUYENTES SINO QUE DEBE PASAR A OTRA ENTIDAD SIN FINES DE LUCRO O A INSTITUCIONES DETERMINADAS POR EL ESTADO ESTAS ORGANIZACIONES LAS USAN QUIENES QUIEREN REALIZAR ACCIONES ALTRUISTAS, DESPRENDIÉNDOSE DE PARTE O TODO SU PATRIMONIO PARA QUE SEA DEDICADO A CIERTO FIN, SEA PARA FINES GREMIALES, SINDICALES, EDUCACIONALES, DE SALUD, INVESTIGACIÓN,ETC.
Por eso, los únicos que en el futuro podrían abrir colegios serían los grupos económicos, los empresarios, iglesias y personas ricas, con recursos suficientes(Fundaciones); o bien, grupos de ellos (Corporaciones).
Actualmente la Universidades no son dueñas de sus activos, los activos son de inmobiliarias que se arriendan a las corporaciones universitarias. ESTO ES MUY LÓGICO: ¿CUÁNTAS PERSONAS TIENEN RECURSOS SUFICIENTES Y LA VOLUNTAD DE DONAR, REGALAR, PROPIEDADES Y DINERO PARA MANTENER COLEGIOS SIN ESPERAR NADA A CAMBIO?
En síntesis, podría comprenderse un gran acuerdo social por el que de ahora en adelante sólo personas desinteresadas y con recursos suficientes, es decir, ricas, o grupos de personas que conjuntamente reunan los recursos, todos con amor o ideales en educación, puedan abrir colegios.
Pero el problema suscitado es que afecta a quienes ya están trabajando de acuerdo a las reglas por las que se les invitó a invertir trabajo, crédito o capital en educación.
CORPORACION
Implica que a lo menos la cantidad requerida por ley (10) los constituyentes se obligan a aportar a la corporación parte de su patrimonio, en este caso,.por la vía de "cuotas", es decir, debe partir con un patrimonio inicial que debe ser objeto de dictámen por la Intendencia u otra autoridad interviniente según la clase de corporación, y mantenerse en el tiempo mediante "cuotas" que aportan los corporados o asociados.
FUNDACION
Implica obligar al sostenedor a desprenderse, aportar, un patrimonio, una cierta cantidad de recursos suficiente para que se mantenga en el tiempo hasta que se agote.
Las fundaciones se mantienen a través de donaciones o los frutos de su patrimonio.
ES DECIR: Vamos a lo concreto: para que un sostenedor cambie su forma jurídica para una corporación o fundación DEBE PASAR SU PATRIMONIO, TODO O PARTE DEL QUE OCUPA EN SU COLEGIO A UNA ENTIDAD DE LA CUAL NUNCA MAS SERÁ DUEÑO, COMO TAMPOCO NUNCA PODRÁ RECUPERAR LO QUE APORTÓ.
¿Qué significa legal y moralmente que la autoridad OBLIGUE a un particular a hacer abandono de su patrimonio, todo o parte?
JURÍDICAMENTE: EXACCIÓN, EXPROPIACIÓN, CONFISCACIÓN O "ESTATIZACIÓN"
MORALMENTE: ¿Qué creen? Esto va a plantear problemas de inconstitucionalidad, ya que en los hechos, implica cambiar retroactivamente las reglas de una actividad legal, lo cual está hasta ahora prohibido en Chile, obligar a alguien a regalar o abandonar patrimonio, etc., por lo que seguramente habrá discusiones entre los que querrían a Chávez en Chile y los que verán en esto "la cola del diablo", entre los mas extremos...
VAMOS A LO CONCRETO: El 50% de los sostenedores son profesores que tienen un solo colegio, tenga 50 o 1000 alumnos debería entregar todo el patrimonio a la corporación o fundación que deberá constituir.
Puede NO hacerlo, y formar una fundación o corporación con solo parte del patrimonio del colegio. En ese caso, si la fundación o corporacion no tiene por ejemplo propiedades, deberá pagar arriendo al dueño. Entonces el dueño puede perfectamente tener sus activos aparte y cobrar el arriendo. Eso no es solo legítimo sino que es obvio que sería la única forma de impedir que le sea arrebatado su patrimonio. Hay que tener presente que son muy pocos los colegios que han recibido recursos fiscales para crear infraestructura, y mucho menos los particular subvencionados. La mayor parte de la inversión en infraestructura se ha ido a colegios municipalizados,lo cual es la vía correcta (a mi juicio) ya que lo que hay que hacer ES MEJORAR LA EDUCACIÓN PÚBLICA no perjudiciar la privada. Los recursos que usan los privados son destinados en un 100% a los costos de remuneraciones, y no alcanza a cubrir el total del costo de las remuneraciones y cargas sociales, como muy bien lo saben las municipalidades.
Por eso otra medida razonable es aumentar la subvención para disminuir el costo para las familias,ya que en verdad, la subvención está en favor de las familias de clase media. Un objetivo clave sería la educación gratuita, eso sería magnífico, pero gratuito es una palabra inexacta, nada hay sin costo, entonces el problema sería cómo financiar.
INQUIETUDES PERSONALES
No me meto en el problema de la libertad porque lo que quiero ahora es aportar para un conocimiento concreto sobre esta materia. ¿Habremos llegado al punto en que los sostenedores, personas la mayoría profesores o profesionales que formaron un colegio, con deudas personales, o bancarias, donde la mayoría está aun pagando y deberá pagar por 15, 20 o más años aun, deberá ESCONDER su patrimonio para que no le sea arrebatado?
Sinceramente creo que esta parte de la ley fue agregada sin que la Presidenta hubiere sido informada debidamente LO MISMO QUE CON EL TRANSANTIAGO, estoy seguro que ella jamás se prestaría para pretender engañar a la ciudadanía ocultando que la obligación de pasar a corporaciones y fundaciones no se podrá cumplir sin obligar a las personas particulares a abandonar parte o todo su patrimonio, o sea no se puede hacer sin expropiar porque nadie querrá regalar forzadamente todo o parte de su patrimonio, con lo que habrá que indemnizar con un alto costo de inestabilidad jurídica y social.
Por ejemplo, con criterios más sanos, podría restringirse el derecho a abrir colegios a sociedades profesionales, cuyo lucro es la prestación de sus servicios y su capacidad de gestión.
Francamente esto también será criticado por la derecha por tratarse de medidas de claro corte estatizante y restrictivo de la libertad de emprendimiento, pero, al menos, tendría más lógica, es decir, en mi modesta opinión, impediría que entraran a tener colegios personas con el solo propósito especulativo (un razonamiento que no tiene evidencias).Yo creo que lo que pretenden las personas bien intencionadas es evitar los abusos, que haya personas inexcrupulosas que mal usen los recursos fiscales y se burlen de las familias, pero, para eso, hay otras medidas mucho más efectivas, como son el control del uso de los recursos y las evidencias de calidad educacional.
FINALMENTE , LO QUE MÁS ME INQUIETA ES QUE SEGURAMENTE ESTE ASUNTO SE RESOLVERÁ DE ACUERDO A LA FUERZA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y NO EN BASE A LA RAZÓN Y A LA COMPRENSIÓN
Saludos cordiales, no les paso los artículos legales pero el que los quiera me los puede pedir.
Manuel

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