sábado, abril 04, 2009

LGE: Declaración del Consejo de Decanos...

CONSEJO DE DECANOS DE LAS FACULTADES DE EDUCACIÓN DEL CONSEJO DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES CHILENAS

Mejores Maestros Docentes para las generaciones de niños y jóvenes de nuestro país.

1. En los países de más altos estándares de desarrollo existe consenso en que la formación, el bienestar de las personas y el progreso de las naciones están asociados a la excelencia del sistema educacional.

2. Un factor esencial de ese desarrollo es el nivel de profesionalismo de los profesores en servicio. La formación de estos profesionales es considerada una necesidad estratégica de Estado, en tanto las fortalezas de su especialización están centradas en la comprensión de los fenómenos pedagógicos asociados al desarrollo socio-cognitivo y afectivo del educando en los procesos educativos que les aseguren la adquisición de las amplias competencias que exige la sociedad del conocimiento. En consecuencia, el compromiso país es resignificar, revalorizar y recuperar la dignidad de la profesión docente.

3. Hoy más que nunca se requieren profesores con sólidas competencias pedagógicas, incluyendo los docentes de la educación superior. Toda profesión tiene un campo específico que le es esencial y exclusivo. En el caso de los profesores, este dominio propio es el pedagógico, el que comprende, entre otros, el desarrollo de complejos procesos mentales superiores asociados a un curriculum que considera la formación en valores y actitudes ciudadanas.

4. La iniciativa de reponer el Artículo 46 g) de la Ley General de Educación que permite a las personas con carreras profesionales de al menos ocho semestres de un área afín a la especialidad ejercer la función pedagógica, es una inconsistencia que vulnera la tradición republicana y el derrotero de las políticas públicas que está impulsando el MINEDUC en estrecha vinculación con este Consejo de Decanos, entre las que podemos citar Proyecto INICIA, desarrollo de estándares en formación docente, Proyecto de Fortalecimiento de la Formación Inicial Docente, Marco de la Buena Enseñanza, acreditación obligatoria de las carreras pedagógicas, proyectos MECESUP de renovación curricular, evaluación docente, Fondo Nacional de Investigación y de Desarrollo Educativo, etc.


5. De aprobarse este artículo, ingresarían a las aulas profesionales sin formación pedagógica, personas que jamás pensaron en ser profesores y que, menos aún, tienen las competencias para ello. No se necesitan profesionales repetidores y transmisores de contenidos: la educación chilena ya superó este modelo. Incorporar este artículo de la Ley implica un serio retroceso. Chile necesita profesionales de la educación que desarrollen en los niños, jóvenes y adultos sus capacidades y talentos en sus diversas manifestaciones. En esto consiste precisamente la profesión docente.

6. Algunas opiniones contrarias sobre el tema se emiten a partir de la descalificación velada de la profesión docente y la negación de un saber profesional construido desde su formación y posterior desarrollo. La profesión docente es discriminada fuera de toda lógica. En los años ochenta se pretendió y logró, en gran medida, sacar las carreras de pedagogía de las universidades. De aprobarse el artículo 46 g), la pedagogía sería la única profesión que podría ser ejercida por profesionales de otras áreas, a pesar de lo sensible que es para el desarrollo de todo el Estado. Una decisión en tal sentido, trastoca la lógica constitucional de resguardar el bien común de nuestro país.

7. La aprobación de un artículo de esta naturaleza en una ley de rango constitucional es ética y académicamente impresentable para nuestra nación, no sólo por razones de imagen, sino porque se hipoteca el futuro del país con daños incalculables para niños y jóvenes formados por estos profesionales no pedagogos, respecto de las oportunidades de aprendizaje que tendrían con profesionales de la educación. Avalar una política en tal sentido profundizaría la inequidad existente en el sistema educacional.

Por lo anterior, este Consejo de Decanos rechaza con toda energía el artículo 46 g) del Proyecto de Ley General de Educación y convoca a expresarse debida y activamente a académicos, profesores y estudiantes de pedagogía para evitar que la calidad y equidad que tratamos de defender y promover se vea aún más vulnerada.

Finalmente, llamamos a la Sra. Presidenta, Ministros, Parlamentarios de la República y a la ciudadanía en general a meditar profundamente sobre el contenido y alcance de esta declaración.

Santiago, 27 de marzo de 2009.

PisosBuscadorBajar ManualesAnunciosLibros Ciencia